{"id":67067,"date":"2024-01-10T10:36:00","date_gmt":"2024-01-10T14:36:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.diariosalud.do\/?p=67067"},"modified":"2024-01-10T10:36:00","modified_gmt":"2024-01-10T14:36:00","slug":"impacto-de-la-aplicacion-de-los-neuroderechos-en-la-legislacion-penal-dominicana-8","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/ktechproduccion.net\/diariosalud.do\/impacto-de-la-aplicacion-de-los-neuroderechos-en-la-legislacion-penal-dominicana-8\/","title":{"rendered":"Impacto de la aplicaci\u00f3n de los neuroderechos en la legislaci\u00f3n penal dominicana"},"content":{"rendered":"\n<p>Impact of the application of neurorights dominican criminal legislation.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Parte 8.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Autores: licenciado Eliezer Casso Licenciado en Derecho. Conocimientos en Est\u00e1ndares de Prueba y Debido Proceso.<\/p>\n\n\n\n<p>Doctora Katty G\u00f3mez Psiquiatra. Master en Psiquiatr\u00eda legal y forense. Entrenamiento en Neurolaw.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>4.1.2. Riesgos de la aplicaci\u00f3n de las neurociencias y neurotecnolog\u00edas sin la adecuada positivizaci\u00f3n de los neuroderechos en el marco legislativo penal de la Rep\u00fablica Dominicana.&nbsp;<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En el contexto dominicano, el tema de los neuroderechos es relativamente nuevo y existen pocas referencias al respecto. Luz F\u00e9lix escribi\u00f3 sobre los neuroderechos en el bolet\u00edn \u00abNuestra gente\u00bb publicado por el Ministerio de Econom\u00eda, Planificaci\u00f3n y Desarrollo. En su art\u00edculo, que se encuentra en la p\u00e1gina 14 de la edici\u00f3n de marzo-abril de 2021, se presenta una visi\u00f3n general de la importancia de los neuroderechos y se propone una regulaci\u00f3n tanto a nivel internacional como nacional. Sin embargo, el an\u00e1lisis se limita al \u00e1mbito digital y comercial y no aborda las implicaciones penales del tema.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Altagracia Paulino (2022) escribi\u00f3 una columna en el peri\u00f3dico Hoy titulada \u00abNeuroderecho: nuevo derecho humano a proteger\u00bb. En su enfoque, Paulino realiza una reflexi\u00f3n m\u00e1s profunda, abordando el tema desde diferentes perspectivas, incluyendo aspectos filos\u00f3ficos, tendencias econ\u00f3micas y pol\u00edticas, y la toma de decisiones de la mente humana. Su art\u00edculo concluye con una advertencia algo apocal\u00edptica.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Hasta este punto, estos son los indicios que han puesto en relieve este tema. Sin embargo, es necesario reflexionar sobre la siguiente cuesti\u00f3n: \u00bfEs necesario que los neuroderechos est\u00e9n consagrados en alg\u00fan instrumento internacional, como la Declaraci\u00f3n de los Derechos Humanos, un pacto o un convenio de derechos humanos? \u00bfO es posible regularlos internamente sin depender de un instrumento legislativo internacional, como se ha hecho en el caso de Chile?&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Chile se destaca como pionero en abordar esta discusi\u00f3n. En el \u00faltimo intento de reformar la constituci\u00f3n chilena, se buscaba modificar el art\u00edculo 19 para incorporar los cinco neuroderechos mencionados anteriormente. Aunque la reforma no fue aprobada en 2022, se han seguido realizando esfuerzos para regular la cuesti\u00f3n a trav\u00e9s de un proyecto de ley que busca proteger los nuevos derechos (neuroderechos) y la integridad mental, incluyendo el desarrollo de la investigaci\u00f3n y las neurotecnolog\u00edas (Bolet\u00edn N\u00ba 13828-19).&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Es importante destacar que el legislador dej\u00f3 la posibilidad de abordar la integridad f\u00edsica, ps\u00edquica y mental a trav\u00e9s de la reserva de ley que tienen las C\u00e1maras legislativas. Al realizar un an\u00e1lisis comparativo, se puede observar que la mayor\u00eda de las constituciones latinoamericanas siguen este mismo patr\u00f3n.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>En esta situaci\u00f3n, tomando como referencia la legislaci\u00f3n chilena, podemos encontrar argumentos s\u00f3lidos que sirvan como base para responder las dos preguntas planteadas. Como sabemos, la tecnolog\u00eda y la sociedad suelen avanzar m\u00e1s r\u00e1pido que la legislaci\u00f3n misma.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Efectivamente, nos encontramos ante una revoluci\u00f3n trascendental. Parece que todo lo que hasta ahora solo exist\u00eda en la ciencia ficci\u00f3n se ha vuelto una realidad. Las computadoras han sido equipadas con neurociencias, permiti\u00e9ndoles leer y descifrar el pensamiento humano. Esto, que anteriormente solo se conceb\u00eda en pel\u00edculas, hoy en d\u00eda es una verdad innegable. El cine ha servido como antesala, condicionando nuestras mentes y prepar\u00e1ndonos para los cambios venideros.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>El 1\u00b0 de diciembre de 2022, seg\u00fan un art\u00edculo publicado en DW, se inform\u00f3 que Elon Musk, empresario estadounidense, esperaba que un chip cerebral comenzar\u00e1 a utilizarse en seres humanos en los pr\u00f3ximos seis meses. Esta noticia demuestra claramente que la humanidad ha entrado en una dimensi\u00f3n sin igual en toda su historia. No se puede ignorar la necesidad de regular los derechos relacionados con las nanotecnolog\u00edas. Es momento de exigir los neuroderechos.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p><strong>III. Conclusiones<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La cuesti\u00f3n de los neuroderechos plantea un debate dualista. Por un lado, est\u00e1 la postura que defiende la integraci\u00f3n de estos derechos en la Declaraci\u00f3n Universal de los Derechos Humanos. Al otorgarles esta dimensi\u00f3n, se les concede una mayor importancia y se los considera como derechos fundamentales. Esta postura se basa en la problem\u00e1tica que plantean las neurotecnolog\u00edas y la inteligencia artificial, lo cual requiere que un instrumento legal de la envergadura y nivel de la Declaraci\u00f3n Universal de los Derechos Humanos los incorpore.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Por otro lado, est\u00e1 la postura interna, que sostiene que el problema puede ser regulado mediante una ley especial. Esto se fundamenta en la facultad de las c\u00e1maras legislativas para legislar y establecer normas. Por ejemplo, la Constituci\u00f3n Dominicana (2015) consagra el derecho a la integridad personal en su art\u00edculo 42, abarcando tanto la integridad f\u00edsica como la ps\u00edquica y moral. Esta \u00faltima hace referencia a todo lo relacionado con la mente humana, mientras que la protecci\u00f3n cerebral se encuentra en el \u00e1mbito de la integridad f\u00edsica. Por tanto, bastar\u00eda con legislar sobre la materia y tipificar los delitos relacionados con los neuroderechos.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Dadas las circunstancias y la urgencia de abordar esta situaci\u00f3n, los autores de este trabajo consideran apropiado tomar en cuenta la segunda postura. Esto se debe a que el proceso de positivizaci\u00f3n ser\u00eda m\u00e1s r\u00e1pido. La modificaci\u00f3n de la Declaraci\u00f3n Universal de los Derechos Humanos implica una serie de discusiones que sin duda prolongar\u00edan el proceso. No es que esto sea contraproducente, ya que en derecho la mayor\u00eda de las cuestiones pueden ser conciliadas. Si existe un consenso general, no hay raz\u00f3n para oponerse a la propuesta de la primera postura mencionada anteriormente. Lo importante es abordar el tema y comenzar a fomentar el debate.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p><strong>3. 1 Recomendaciones finales&nbsp;<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Los neuroderechos son una realidad innegable y es crucial no ignorar su importancia. Por lo tanto, presentamos las siguientes recomendaciones para la discusi\u00f3n legislativa:&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>1. Designar una comisi\u00f3n de legisladores encargada de preparar un informe sobre el impacto de los neuroderechos en la legislaci\u00f3n dominicana.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>2. Las universidades, a trav\u00e9s de las facultades de derecho, deben promover y fomentar esta nueva rama del derecho. Esto se lograr\u00eda mediante la implementaci\u00f3n de asignaturas sobre neuroderechos.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>3. Es fundamental que la doctrina dominicana no se quede rezagada. Tanto los constitucionalistas como los penalistas deben unir sus voces para impulsar la discusi\u00f3n sobre los neuroderechos, ya que la opini\u00f3n doctrinal siempre es una fuente indispensable.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>4. Los operadores del sistema de justicia, incluyendo jueces, fiscales y abogados, deben recibir formaci\u00f3n en este tema. Cada vez m\u00e1s voces se alzan a favor de los neuroderechos, y es necesario que los profesionales de la justicia est\u00e9n preparados.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>5. Implementar programas educativos para concientizar a la sociedad en general, comenzando por las escuelas y otros \u00e1mbitos sociales. La conciencia generada puede tener un impacto trascendental y duradero en esta etapa hist\u00f3rica. Al seguir estas recomendaciones, podremos abordar de manera adecuada los desaf\u00edos y oportunidades que los neuroderechos plantean en la legislaci\u00f3n y la sociedad dominicana.<\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"https:\/\/ktechproduccion.net\/diariosalud.do\/noticias\/impacto-de-la-aplicacion-de-los-neuroderechos-en-la-legislacion-penal-dominicana-7\/\"><strong>Parte anterior.<\/strong><\/a><\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"https:\/\/docs.google.com\/document\/d\/18vd2fjtKtiVamQ4NTxuq-WM5CB3B_sZB-UxhenExGbE\/edit?usp=drivesdk\"><strong>Referencias bibliogr\u00e1ficas<\/strong><\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Impact of the application of neurorights dominican criminal legislation. Parte 8. Autores: licenciado Eliezer Casso Licenciado en Derecho. Conocimientos en Est\u00e1ndares de Prueba y Debido Proceso. Doctora Katty G\u00f3mez Psiquiatra. Master en Psiquiatr\u00eda legal y forense. Entrenamiento en Neurolaw. 4.1.2. Riesgos de la aplicaci\u00f3n de las neurociencias y neurotecnolog\u00edas sin la adecuada positivizaci\u00f3n de los [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":9,"featured_media":66336,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[8],"tags":[3148,4903,4886],"class_list":["post-67067","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias","tag-dra-katty-gomez","tag-lic-eliezer-casso","tag-neuroderechos"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/ktechproduccion.net\/diariosalud.do\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/67067","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/ktechproduccion.net\/diariosalud.do\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/ktechproduccion.net\/diariosalud.do\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ktechproduccion.net\/diariosalud.do\/wp-json\/wp\/v2\/users\/9"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ktechproduccion.net\/diariosalud.do\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=67067"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/ktechproduccion.net\/diariosalud.do\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/67067\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ktechproduccion.net\/diariosalud.do\/wp-json\/wp\/v2\/media\/66336"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/ktechproduccion.net\/diariosalud.do\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=67067"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/ktechproduccion.net\/diariosalud.do\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=67067"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/ktechproduccion.net\/diariosalud.do\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=67067"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}